¿Qué es un Free-Loader? [José-Manuel MARTIN CORONADO]
Macroeconometrista
Lima, Perú.
Marzo, 2013,
Seguramente el lector tendrá una noción de lo que son los "free-riders", también conocidos como "Polizontes", cuyo ejemplo clásico es el aprovechamiento (indebidamente) gratuito de un servicio o bien público donde no hay exclusión ni rivalidad, referidas a la no existencia de un precio y a la posibilidad de multiples usuarios de un bien o servicio.
Obviamente, este caso tiene muchos matices. Así mismo, este aprovechamiento indebido puede ser más que una infracción moral o social, sino también legal, sujeta a sanciones administrativas o criminales. Aunque, por otro lado, algunos consideran que un comportamiento así puede ser deseable y típico de una cultura utilitarista.
No obstante, existe otro concepto: el Free-Loader, que podría traducirse simbólicamente como "Parásito" o conducta parasitaria. A diferencia del Free Rider, el Free-Loader no se limita a los servicios o bienes públicos o comunes cuya finalidad es el uso no individual, sino que también se aplica a cualquier bien o servicio privado, sobre el cual, debería haber exclusión o rivalidad, pero de alguna manera el free-loader se las ingenia para obtener permanentemente el aprovechamiento indebido de los mismos.
Aún más, este concepto puede extenderse a actividades que no son de mercado, incluso actividades tan privadas como el uso de bienes personales o activos fijos, tales como casas, automóviles, entre otros.
A diferencia del free-rider, el free-loader sí podría ser visto como socialmente no deseable dado que su contribución a la economía sería nula, mientras que el aprovechamiento afectaría la capacidad de consumo de otros agentes económicos. En otras palabras, el ingreso de un agente económico sería repartido entre éste y el free-loader.
Finalmente, puede ocurrir que el agente económico voluntariamente permita una conducta de free-loader, lo cual dificulta su calificación como indebida, por lo menos desde un punto de vista social o legal. En este sentido, el Derecho tiene previsto diversas figuras que promueven las conductas parasitarias, tales como la sucesión, la donación, el comodato, la cesión (gratuita) de derechos, los beneficiarios de un fideicomiso, entre otros, por lo que las complejidades de esta figura puede ser aún mayores.
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